

Tercera Comisión de Asuntos Sociales, Culturales y Humanitarios
El Comité de Asuntos Sociales, Culturales y Humanitarios (SOCHUM) es uno de los seis subcomités de la Asamblea General de las Naciones Unidas y generalmente se lo denomina como la Tercera Comisión, establecida después de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948. La Asamblea General asigna a su Comité de Asuntos Sociales, Humanitarios y Culturales, temas del programa relacionados con una gama de temas de asuntos sociales, humanitarios y de derechos humanos que afecta a los ciudadanos del mundo.
En JOVMUN 2020, nuestro aliado SATMUN, será el encargado de llevar ésta comisión; los temas a tratar son:
A-La lucha contra la explotación infantil:
La explotación infantil es un tema muy común en la actualidad, principalmente la explotación es un término que incluye distintos ámbitos, desde trabajo forzoso hasta la explotación sexual, la esclavitud y diversos factores que afectan la integridad de niños y niñas sin tener en cuenta su edad, sus condiciones físicas o su salud mental. A lo largo de los años niños y niñas han sido sometidos a dicho maltrato, donde aproximadamente 250 millones de ellos son víctimas de esta situación. Es un hecho bastante preocupante debido a que viola los derechos humanos de niños y niñas alterando así su inocencia, moralidad y su buen desarrollo. Se considera explotación infantil a las personas menores de 18 años que son obligadas a desempeñar una actividad laboral impidiendo el goce de sus derechos y también son obligados a realizar actividades ilegales dañando su rectitud. Estas acciones violan el derecho del menor e impide que este tenga un desarrollo de manera correcta.
B- Garantías de la imparcialidad y la corrección de la información de los medios masivos, y sus efectos en la formación de la opinión pública:
La asamblea general de Naciones Unidas en el año 2000, aprueba la Declaración del Milenio la cual destaca los objetivos principales de las Naciones Unidas y de la Sociedad Internacional. En su quinto punto establece el siguiente objetivo: “Garantizar la libertad de los medios de difusión para cumplir su indispensable función y el derecho del público a la información”.
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